BASES LEGALES DEL SORTEO


“VIAJE A PUNTA CANA EN TODO INCLUIDO PARA 2 PERSONAS”


1. ENTIDAD ORGANIZADORA
EMBAJADOR 1992, S.L., con CIF B70529979 y domicilio social en Praza Galicia, 6, bajo, 15004 A Coruña, comercialmente conocida como Embajador Viajes, en adelante EMBAJADOR VIAJES, organiza una promoción mediante sorteo denominada “Sorteo Viaje a Punta Cana para 2 personas”, que se desarrollará conforme a lo establecido en las presentes bases legales.

La participación en el sorteo será gratuita y no implicará compra ni contratación alguna para poder participar.

 
2. PLATAFORMA DE PARTICIPACIÓN, VIGENCIA Y ÁMBITO
La participación en el sorteo se realizará a través de la publicación oficial de la promoción realizada por Embajador Viajes en su cuenta oficial de Instagram:

Instagram: @viajesembajador

Asimismo, para que la participación sea válida será obligatorio seguir la cuenta oficial de Embajador Viajes en TikTok:

TikTok: @viajesembajador

El periodo de participación comenzará el viernes 21 de agosto de 2026 a las 17:00 horas y finalizará el domingo 30 de agosto de 2026 a las 23:59 horas, hora peninsular española.

Únicamente serán válidas las participaciones efectuadas dentro de dicho periodo.

Las participaciones realizadas antes de la apertura del sorteo o después de su finalización no serán tenidas en cuenta.

El sorteo y la selección del ganador y de los dos suplentes se realizarán el 31 de agosto de 2026.

La promoción será válida exclusivamente para personas con residencia legal en España.

 
3. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN
Podrán participar en esta promoción aquellas personas que cumplan los siguientes requisitos:

  • Ser persona física.
  • Ser mayor de 18 años antes de la finalización del periodo de participación.
  • Tener residencia legal en España.
  • Disponer de un perfil real y activo en Instagram.
  • Disponer de una cuenta de TikTok que permita comprobar el cumplimiento del requisito de seguimiento establecido en estas bases.
  • Cumplir correctamente todos los requisitos establecidos en las presentes bases.
  • No ser empleado/a de EMBAJADOR 1992, S.L. – Embajador Viajes.

Los empleados de EMBAJADOR 1992, S.L. – Embajador Viajes quedan expresamente excluidos de la participación en el presente sorteo.

Para participar será obligatorio:


1. Seguir a @viajesembajador en Instagram.

2. Seguir a @viajesembajador en TikTok.

3. Dar LIKE a la publicación oficial del sorteo en Instagram.

4. Mencionar en un comentario a la persona con la que te irías de viaje.

5. Compartir la publicación oficial del sorteo en Stories de Instagram y mencionar a @viajesembajador.

Para que la participación pueda considerarse válida deberán cumplirse todos los requisitos anteriores dentro del periodo de vigencia del sorteo.

Los participantes deberán mantener el seguimiento de @viajesembajador en Instagram y TikTok, al menos, hasta la comprobación y validación definitiva del ganador.

Participaciones múltiples
Cada participante podrá realizar más de un comentario y obtener varias participaciones en el sorteo.

Cada comentario que cumpla correctamente las condiciones establecidas contará como una participación.

Para fomentar una participación real y evitar mecanismos artificiales, Embajador Viajes podrá excluir comentarios duplicados de forma masiva, automatizados o realizados mediante cualquier procedimiento destinado a alterar artificialmente las probabilidades de resultar ganador.

Las cuentas mencionadas deberán corresponder a personas reales. No serán válidas las menciones a cuentas falsas, perfiles automatizados, empresas, marcas o perfiles que no correspondan a una persona real.

Comprobación de Stories
La publicación en Stories constituye un requisito obligatorio de participación.

Debido a que las Stories tienen una duración limitada, Embajador Viajes podrá solicitar a la persona inicialmente seleccionada como ganadora una captura de pantalla, archivo, registro u otra acreditación razonable que permita comprobar que compartió la publicación oficial en Stories mencionando a @viajesembajador dentro del periodo de participación.

Esta comprobación podrá solicitarse con independencia de que el perfil de Instagram del participante sea público o privado.

La falta de acreditación cuando sea requerida podrá determinar la invalidez de la participación seleccionada.

No serán consideradas válidas las cuentas falsas, perfiles automatizados, perfiles fraudulentos o cuentas utilizadas mediante mecanismos destinados a alterar artificialmente el funcionamiento normal del sorteo.

Embajador Viajes se reserva el derecho de excluir cualquier participación que resulte fraudulenta, contenga contenido ofensivo, discriminatorio o ilícito, vulnere derechos de terceros o incumpla cualquiera de las condiciones establecidas en las presentes bases.

 
4. CONTENIDO DEL PREMIO
Entre todas las participaciones válidas se sorteará un viaje a Punta Cana para dos (2) personas.

El premio incluye:

  • Vuelos directos de ida y vuelta desde Madrid a Punta Cana, en clase turista, para dos personas.
  • Estancia de 7 noches.
  • Alojamiento en un hotel de categoría mínima 4 estrellas, pudiendo corresponder a un establecimiento de 4 o 5 estrellas en función de la disponibilidad
  • existente para las fechas finalmente confirmadas.
  • Habitación doble estándar.
  • Régimen de Todo Incluido.
  • Traslados aeropuerto – hotel – aeropuerto en destino.
  • El establecimiento hotelero concreto será determinado en función de la disponibilidad existente para las fechas solicitadas y confirmadas.

 
5. CONDICIONES PARA DISFRUTAR DEL PREMIO
El viaje podrá disfrutarse hasta el 31 de octubre de 2026, inclusive, quedando siempre sujeto a disponibilidad aérea, hotelera y del resto de los servicios incluidos en el premio.

La persona ganadora deberá comunicar a Embajador Viajes las fechas en las que desea disfrutar del viaje con una antelación mínima de tres (3) semanas, facilitando los datos y documentación necesarios de ambos viajeros para poder gestionar la reserva.

La solicitud de unas fechas determinadas por parte de la persona ganadora no supondrá su confirmación automática.

Las fechas definitivas deberán ser expresamente confirmadas por Embajador Viajes una vez comprobada la disponibilidad de los servicios incluidos.

En caso de que las primeras fechas propuestas por la persona ganadora no dispongan de disponibilidad suficiente, Embajador Viajes podrá proponer fechas alternativas dentro del periodo de validez del premio.

Los vuelos, alojamiento y demás servicios turísticos están sujetos a disponibilidad y a la operativa de las compañías aéreas, establecimientos hoteleros y demás proveedores implicados.

Las fechas inicialmente confirmadas podrán verse modificadas como consecuencia de cancelaciones de vuelos, modificaciones de programación, circunstancias de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable a Embajador Viajes.

Una vez reservado y confirmado el viaje, no se admitirán cambios ni cancelaciones a petición de la persona ganadora, salvo que el proveedor correspondiente permita excepcionalmente la modificación y esta pueda realizarse conforme a sus condiciones.

El premio deberá disfrutarse en un único viaje por las dos personas beneficiarias.

El carácter personal e intransferible del premio se refiere a la persona que resulte ganadora del sorteo.

La persona ganadora podrá designar a un acompañante para disfrutar del viaje.

Una vez formalizada la reserva y emitidos los servicios correspondientes, la modificación del acompañante estará sujeta a las condiciones de los proveedores y podrá no resultar posible.

El premio será personal e intransferible para el ganador y no podrá ser canjeado por dinero, por otro destino, por otro viaje, por productos o servicios diferentes ni solicitarse el reembolso de su valor.

 
6. GASTOS NO INCLUIDOS EN EL PREMIO
Las tasas aéreas no están incluidas en el premio y deberán ser abonadas por las personas beneficiarias antes de la emisión de los billetes.

El importe de las tasas podrá variar en función de las fechas, vuelos y condiciones finalmente aplicables a la reserva y será comunicado a la persona ganadora antes de la formalización definitiva del viaje.

Tampoco estarán incluidos aquellos servicios o gastos que no se indiquen expresamente como incluidos en estas bases, entre ellos:

  • Gastos personales durante el viaje.
  • Excursiones o actividades opcionales.
  • Mejoras o cambios de categoría.
  • Equipaje adicional no incluido en la tarifa aérea correspondiente.
  • Selección de asientos.
  • Servicios adicionales de la compañía aérea.
  • Seguros adicionales.
  • Servicios adicionales contratados voluntariamente por los viajeros.
  • Desplazamientos hasta o desde Madrid.
  • Cualquier otro servicio que no figure expresamente como incluido en el premio.
  • No se aplicarán otros gastos obligatorios distintos de aquellos que estén expresamente previstos en las presentes bases o que resulten legalmente exigibles.

La participación en el sorteo y la posterior aceptación del premio supondrán el conocimiento y aceptación de estas condiciones.

 
7. DOCUMENTACIÓN Y REQUISITOS PARA VIAJAR
Las personas beneficiarias del premio deberán cumplir todos los requisitos de entrada, documentación, inmigración y demás formalidades necesarias para realizar el viaje en las fechas finalmente confirmadas.

Será responsabilidad de los viajeros disponer de pasaporte y demás documentación necesaria en vigor y facilitar a Embajador Viajes los datos y documentos requeridos dentro de los plazos establecidos para formalizar la reserva.

Asimismo, será responsabilidad de los viajeros cumplir los requisitos exigidos por las autoridades competentes, compañías aéreas y demás prestadores de los servicios incluidos en el viaje.

La imposibilidad de viajar por carecer de documentación válida, por incumplimiento de requisitos de entrada o por cualquier otra circunstancia personal imputable a alguno de los viajeros no dará derecho a:

  • Solicitar el valor económico del premio.
  • Sustituir el premio por otro viaje.
  • Ampliar su periodo de validez.
  • Solicitar una compensación a Embajador Viajes.

 
8. DETERMINACIÓN DEL GANADOR Y SUPLENTES
El sorteo se realizará el 31 de agosto de 2026 mediante la plataforma Easypromos, entre las participaciones válidas realizadas dentro del periodo establecido.

La selección se realizará de forma aleatoria entre las participaciones que cumplan las condiciones establecidas en las presentes bases.

En el mismo proceso se seleccionarán:

  • Un (1) ganador.
  • Dos (2) suplentes, que quedarán establecidos por orden de selección.
    Una vez realizada la selección, Embajador Viajes comprobará que la persona inicialmente seleccionada como ganadora cumple correctamente todos los requisitos establecidos para participar.

Embajador Viajes podrá realizar las comprobaciones necesarias para verificar, entre otros aspectos, que el participante:

Sigue a @viajesembajador en Instagram.
Sigue a @viajesembajador en TikTok.
Ha dado LIKE a la publicación oficial del sorteo.
Ha realizado correctamente el comentario correspondiente a la participación seleccionada.
Ha compartido la publicación en Stories mencionando a @viajesembajador dentro del periodo establecido.
Cumple los requisitos de edad y residencia.
No es empleado/a de EMBAJADOR 1992, S.L. – Embajador Viajes.
No ha realizado una participación fraudulenta.
Cuando el nombre de usuario utilizado en TikTok sea diferente del empleado en Instagram, Embajador Viajes podrá solicitar al participante seleccionado que facilite su nombre de usuario de TikTok exclusivamente a efectos de comprobar el cumplimiento del requisito de seguimiento.

La selección inicial realizada mediante Easypromos no supondrá por sí sola la adquisición definitiva de la condición de ganador.

La condición definitiva de ganador quedará supeditada a la comprobación del cumplimiento de todos los requisitos establecidos en las presentes bases.

Si la persona inicialmente seleccionada no cumple cualquiera de estos requisitos, será descalificada y se contactará con el primer suplente.

Si el primer suplente tampoco cumpliera los requisitos o no pudiera aceptar válidamente el premio, se contactará con el segundo suplente.

Si ninguno de los tres participantes seleccionados pudiera aceptar válidamente el premio, Embajador Viajes podrá declarar el premio desierto.

 
9. COMUNICACIÓN DEL GANADOR
El resultado del sorteo será comunicado oficialmente el 31 de agosto de 2026 a través de la cuenta oficial de Instagram de Embajador Viajes:

@viajesembajador

La comunicación podrá realizarse mediante publicación, Story, comentario en la publicación original y/o mensaje privado dirigido a la persona seleccionada.

Embajador Viajes podrá publicar el nombre de usuario de Instagram de la persona ganadora con la finalidad de comunicar públicamente el resultado de la promoción.

Además, Embajador Viajes se pondrá en contacto directamente con la persona inicialmente seleccionada a través de Instagram.

Embajador Viajes nunca solicitará un pago, transferencia económica ni datos bancarios como condición para comunicar que una persona ha resultado seleccionada como ganadora del sorteo.

La existencia de tasas aéreas expresamente excluidas del premio en estas bases es independiente de la comunicación y aceptación del premio y únicamente se abonará en el momento que corresponda dentro del proceso de formalización del viaje.

 
10. ACEPTACIÓN Y RECLAMACIÓN DEL PREMIO
La persona inicialmente seleccionada como ganadora dispondrá de un plazo máximo de 48 horas desde la comunicación oficial del resultado para ponerse en contacto con Embajador Viajes, responder a la comunicación recibida y aceptar expresamente el premio.

Dentro de este proceso, Embajador Viajes podrá solicitar la información necesaria para comprobar que la participación seleccionada cumple todos los requisitos establecidos en las presentes bases.

Para gestionar la posterior reserva, Embajador Viajes podrá solicitar a la persona ganadora los datos personales y documentación necesaria tanto del ganador como de su acompañante.

En caso de que la persona seleccionada:

No responda dentro del plazo máximo de 48 horas.
Renuncie al premio.
No cumpla alguno de los requisitos de participación.
No pueda acreditar su identidad.
No pueda acreditar alguno de los requisitos cuando Embajador Viajes se lo solicite.
Haya participado de forma fraudulenta.
No acepte las condiciones del premio.
Perderá el derecho al mismo y Embajador Viajes procederá a contactar con el primer suplente.

El primer suplente dispondrá igualmente de un plazo máximo de 48 horas desde su comunicación para aceptar el premio y acreditar el cumplimiento de los requisitos.

En caso de que este tampoco pueda recibirlo, se procederá de la misma forma con el segundo suplente.

 
11. CAMBIOS, CANCELACIONES Y CIRCUNSTANCIAS AJENAS A LA ORGANIZACIÓN
Los servicios turísticos incluidos en el premio están sujetos a la disponibilidad y operativa de compañías aéreas, establecimientos hoteleros y demás prestadores de servicios implicados.

Embajador Viajes no será responsable de modificaciones de horarios, cambios de operativa, retrasos, cancelaciones u otras circunstancias imputables a compañías aéreas, establecimientos hoteleros, autoridades, proveedores u otros terceros, sin perjuicio de los derechos que legalmente correspondan a los viajeros.

En caso de que, por razones de fuerza mayor, imposibilidad sobrevenida o circunstancias ajenas a Embajador Viajes, resulte imposible proporcionar alguno de los servicios inicialmente previstos, podrán realizarse las modificaciones necesarias o sustituirse, cuando resulte posible, por otros servicios de características similares.

Estas modificaciones no supondrán una reducción sustancial de las características esenciales del premio, salvo cuando ello resulte inevitable como consecuencia de circunstancias ajenas a Embajador Viajes.

 
12. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
Los datos personales facilitados por los participantes y, especialmente, los que posteriormente facilite la persona ganadora serán tratados por:

EMBAJADOR 1992, S.L.
CIF: B70529979
Praza Galicia, 6, bajo
15004 A Coruña
Correo electrónico: embajador@viajesembajador.com

Los datos personales serán tratados con la finalidad de:

Gestionar la participación en el sorteo.
Comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes bases.
Realizar la selección del ganador y suplentes.
Contactar con las personas seleccionadas.
Comunicar públicamente el resultado del sorteo.
Gestionar la aceptación y disfrute del premio.
Realizar las gestiones administrativas, fiscales y turísticas que resulten necesarias.
El tratamiento de los datos necesarios para gestionar la participación se realizará sobre la base de la relación derivada de la participación voluntaria del interesado en la promoción y de la aceptación de las presentes bases.

Los tratamientos que resulten necesarios para dar cumplimiento a obligaciones legales, administrativas o fiscales se realizarán sobre la base del cumplimiento de las obligaciones legales aplicables a Embajador Viajes.

En caso de resultar ganador, los datos necesarios del ganador y de su acompañante podrán ser comunicados a compañías aéreas, establecimientos hoteleros, empresas de traslados, aseguradoras y demás proveedores turísticos cuando dicha comunicación resulte necesaria para gestionar y prestar los servicios incluidos en el viaje.

El nombre de usuario de Instagram del ganador podrá hacerse público en los perfiles oficiales de Embajador Viajes con la finalidad de comunicar el resultado del sorteo.

Los datos serán conservados durante el tiempo necesario para gestionar la promoción y, posteriormente, durante los plazos legalmente necesarios para atender las posibles obligaciones o responsabilidades derivadas de la misma.

Los interesados podrán ejercer los derechos que les reconozca la normativa vigente en materia de protección de datos, incluyendo los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento y portabilidad cuando resulten aplicables, dirigiéndose a:

EMBAJADOR 1992, S.L.
Praza Galicia, 6, bajo
15004 A Coruña

o mediante correo electrónico a:

embajador@viajesembajador.com

Asimismo, podrán presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos cuando consideren que el tratamiento de sus datos personales no se ajusta a la normativa vigente.

La publicación o utilización posterior de fotografías o vídeos del ganador o de su acompañante con fines publicitarios o promocionales se realizará, cuando corresponda, previa obtención de la autorización necesaria.

 
13. FISCALIDAD DEL PREMIO
El premio objeto de esta promoción estará sujeto a la normativa fiscal española vigente que resulte aplicable en el momento de su entrega.

Embajador Viajes cumplirá las obligaciones fiscales, retenciones, ingresos a cuenta, declaraciones o comunicaciones que legalmente correspondan en su condición de entidad organizadora.

La persona ganadora deberá facilitar a Embajador Viajes aquellos datos personales, fiscales o documentación que resulten necesarios para cumplir las obligaciones legalmente exigibles relacionadas con la entrega del premio.

La persona ganadora será responsable de las obligaciones tributarias personales que, en su caso, pudieran derivarse de la obtención del premio conforme a la normativa vigente.

Las obligaciones fiscales derivadas del premio son independientes de las tasas aéreas y demás conceptos turísticos expresamente indicados como no incluidos en estas bases.

 
14. RESPONSABILIDAD Y PARTICIPACIONES FRAUDULENTAS
Embajador Viajes se reserva el derecho de excluir de la promoción a aquellos participantes que:

  • Faciliten datos falsos, erróneos o inexactos.
  • Utilicen identidades o perfiles fraudulentos.
  • Manipulen o intenten manipular el funcionamiento normal del sorteo.
  • Utilicen herramientas automatizadas para participar.
  • Generen participaciones de forma artificial o mediante sistemas automatizados.
  • Incumplan cualquiera de las presentes bases.
  • Embajador Viajes quedará exonerada de responsabilidad cuando dichos errores, falsedades o incumplimientos impidan identificar, comprobar o localizar correctamente al ganador.

Embajador Viajes tampoco se responsabiliza de incidencias técnicas de Instagram, TikTok o Easypromos, problemas de conexión, interrupciones del servicio, errores informáticos o cualquier circunstancia ajena a la organización que pueda impedir o dificultar temporalmente la participación o comprobación de los requisitos.

Asimismo, Embajador Viajes no se responsabiliza de cuentas o perfiles falsos que pudieran intentar suplantar la identidad de la agencia para ponerse en contacto con los participantes.

Las únicas cuentas oficiales de Embajador Viajes utilizadas en relación con esta promoción son:

Instagram: @viajesembajador

TikTok: @viajesembajador

Ante cualquier comunicación sospechosa, se recomienda comprobar que procede de las cuentas oficiales de Embajador Viajes.

 
15. ACEPTACIÓN DE LAS BASES
La participación en la presente promoción supone la aceptación plena e incondicional de estas bases legales.

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones establecidas supondrá la exclusión del participante.

Embajador Viajes se reserva el derecho de modificar las presentes bases cuando exista una causa justificada, error material, circunstancia de fuerza mayor o situación ajena a la organización que haga necesaria dicha modificación.

En caso de producirse una modificación relevante, será comunicada a través de los mismos canales empleados para difundir el sorteo.

En ningún caso las modificaciones podrán realizarse con la finalidad de perjudicar injustificadamente los derechos adquiridos por los participantes.

 
16. DESVINCULACIÓN DE INSTAGRAM, TIKTOK Y EASYPROMOS
La presente promoción no está patrocinada, avalada, administrada ni asociada de ningún modo con Instagram ni con TikTok.

Los participantes liberan y exoneran a Instagram y TikTok de cualquier responsabilidad derivada o relacionada con el desarrollo de esta promoción.

La información proporcionada por los participantes se facilitará a EMBAJADOR 1992, S.L. – Embajador Viajes, y no a Instagram ni a TikTok, y será utilizada exclusivamente conforme a las finalidades establecidas en las presentes bases y a la normativa aplicable.

Easypromos se utilizará exclusivamente como herramienta tecnológica para realizar la selección aleatoria del ganador y los suplentes, sin que ello implique que Easypromos patrocine, avale u organice la presente promoción.

La responsabilidad de la organización, gestión y cumplimiento de las presentes bases corresponde a EMBAJADOR 1992, S.L. – Embajador Viajes.

 
17. LEGISLACIÓN APLICABLE
Las presentes bases se regirán por la legislación española vigente.

Cualquier cuestión o controversia que pudiera surgir en relación con la interpretación o aplicación de estas bases será resuelta conforme a la normativa aplicable y ante los órganos que resulten legalmente competentes.

 
18. CONTACTO
Para cualquier consulta relacionada con el presente sorteo, los participantes podrán ponerse en contacto con Embajador Viajes a través de:

Instagram: @viajesembajador

Correo electrónico: embajador@viajesembajador.com

O dirigirse a:

EMBAJADOR 1992, S.L. – Embajador Viajes
CIF: B70529979
Praza Galicia, 6, bajo
15004 A Coruña

Inicio de participaciones: 21 de agosto de 2026 a las 17:00 h.

Finalización de participaciones: 30 de agosto de 2026 a las 23:59 h.

Fecha del sorteo y comunicación del ganador: 31 de agosto de 2026.

Plazo para que el ganador reclame y acepte el premio: 48 horas desde la comunicación oficial.

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